Los descuentos comerciales y financieros para financiación. Un profesional o una empresa puede acceder a muchos instrumentos de financiación, cada uno con su finalidad y objetivo. Ya vimos en otra entrada la línea de crédito.
Aquí analizaremos el descuento comercial y el descuento financiero. Posteriormente, en otra entrada analizaremos los anticipos de facturas, el factoring y los confirming.
Descuento comercial y financiero
Esto es muy sencillo, a diferencia de una póliza de crédito que tiene implícita otra serie de repercusiones, ya que estás pidiendo un dinero que no es tuyo.
En este caso, el dinero es tuyo, te lo has ganado y trabajado, y lo único que hace el banco con descuento comercial es anticiparte aquello que te pertenece porque has vendido productos o bienes pero que aún no te corresponde cobrarlo.
El banco, a cambio de un interés, te adelanta ese dinero para que puedas tener liquidez.
Lo único que hace el empresario es llevar sus pagarés, sus cheques, letras de cambio u otro documento similar al banco. Como otro día cualquier para cobrarlos y abonarlos en su cuenta. ¿Qué ocurre? Que los cheques, pagarés o letras suelen tener una fecha de cumplimiento.
Línea de crédito para empresarios y casos prácticos
Préstamo de empresa y el préstamo sindicado
Factoring y Confirming y el anticipo de facturas
Un ejemplo muy sencillo y habitual: los pagos con proveedores o grandes empresas.
Estas suelen emitir cheques o pagarés según su ciclo de facturación a sus proveedores, y esto suele ser entre 60 días a 120 días. Habitualmente la rotación del pago a proveedores es a 90 días, es decir, 3 meses.
Esto para una relación entre grandes empresas no supone un problema.
Pero si eres una pyme, micropyme o profesional autónomo y prestas un servicio o mercancía en este mes y supone un importe muy importante de tu facturación mensual -aunque sepas que lo cobrarás a los 90 días- no puedes esperar todo este tiempo, tienes sueldos y otras cosas que pagar.
En ese caso, contratas una línea de descuento comercial, vas a tu oficina con esos cheques, pagarés… lo que sea, llevas esa remesa y lo que hace el banco es que te abona ese derecho de cobro.
Será el banco quién esperará a la fecha de vencimiento para cobrarse ellos ese dinero que te han adelantado.
Un aspecto importante aquí, este servicio simplemente es un “adelantamiento” del dinero al que tienes derecho por tu trabajo con el interés por anticiparte ese dinero.
Pero todo el riesgo corre a tu cuenta, si llegada la fecha, el cheque, derecho o pagaré… es insolvente o incorriente. Es decir, tu cliente que te debía ese dinero ya no tiene o te extendió un cheque sin fondos, el riesgo corre a tu cargo.
El banco retendrá ese importe de tu cuenta que te adelantaron en su momento más los intereses deudores y penalizaciones correspondientes.
Lo más habitual, en España, son remesas de cheques o pagarés. Sin embargo, sigue habiendo ciertas personas que trabajan con letras de cambio, aunque no es lo habitual.
¿Sencillo no?
Resumiendo
- Línea de crédito con un importe máximo para abonar (anticipar) tus remesas de cheques, pagarés o letras de cambio futuras.
- Se te abona (anticipan) a cambio de un interés razonable por este servicio.
- En caso de que el derecho sea incorriente, el riesgo lo corres tú, el banco te quita ese adelanto que te hizo más la penalización por su gestión.
- Normalmente, tienes unas restricciones. Esto es, de cara la diversificación del riesgo para la entidad bancaria. Ejemplo: si tienes una línea de descuento de 10.000€, y tienes 4 clientes con los que trabajas de esta forma, por medio de remesas. Podrás descontar un 25% (porcentaje habitual en el contrato de descuento) de un librador. Es decir, no puedes descontar los 10.000€ de la línea con remesas procedentes de un mismo “cliente”, solo el 25% sobre el total de la línea contratada (este % se puede elevar o puede ser menor, según las condiciones de tu entidad financiera).
¿Y el descuento financiero?
Los descuentos comerciales y financieros para financiación. Vamos con los descuentos financieros y será muy rápido porque es prácticamente lo mismo.
Misma característica y procedimiento, pero en este caso no hay un tercer participante, no hay “cliente” sino es la misma empresa quien gira contra el banco. El efecto a cobrar lo gira la empresa comprometiéndose al pago del vencimiento con el banco. El banco se guarda este derecho de cobrártelo a la fecha de vencimiento, de esta forma, el empresario logra liquidez inmediata y el banco el derecho de recuperar lo que te ha anticipado.
Tipos de interés y comisiones habituales
En España, la horquilla de los tipos de interés y las comisiones para los descuentos comerciales y financieros para financiación a corto plazo en las entidades bancarias, se suelen situar en los siguientes:
Tipo de interés variable como índice de referencia | Euribor a 3 meses y diferencial [+1,25%, 3%] y el financiero [+2%, 4%] |
Comisión de impago | [0%, 6%] sobre y por efecto |
Gestión de compro al librador | [0%, 1%] sobre importe del efecto |
Si modificas un efecto por datos erróneos o faltantes | 0 – 15 euros por vez modificado |