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Derecho Comunitario Europeo

Derecho Comunitario Europeo

Constituido por las normas jurídicas de las instituciones de la UE.  Tiene su precedente en el Tratado de Roma (1957), que ha ido configurando un Derecho común para los Estados miembros de la UE hasta llegar al fallido Tratado para una Constitución europea (2004). 

Intento de primera Constitución formal para UE. Reforzar tendencias federalizantes frente a las intergubernamentales (OIG) y confederales. 

Contenido

Fuentes del Derecho Comunitario

El Derecho primario

Es el derecho originario integrado por los Tratados constituidos de las Comunidades Europeas: CECA (1951), CEE (Comunidad Económica Europea) y CEEA (1957 Tratados de Roma). Y sus modificaciones posteriores. 

  1. Tratado para una Constitución europea 2004. 
  2. Tratado de Lisboa 2007. 

Este derecho tiene una posición de supremacía sobre el resto del derecho comunitario. 

Derecho derivado

Lo integran el conjunto de normas emanadas de los procedimientos legislativos. 

Iniciativa legislativa: Comisión. 

Colegisladores: el Consejo UE y el Parlamento europeo, en colaboración con otras instituciones europeas. 

Estas normas provienen del cumplimiento de la competencia asignada a las instituciones comunitarias sobre las materias comunitarizadas. Adoptan la forma de: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes. 

También el Banco Central Europea adopta reglamentos, decisiones, recomendaciones y dictámenes. 

Normas vinculantes

  • El reglamento. Tiene carácter general, es de obligado cumplimiento en todos sus elementos y directamente aplicable a todos los Estados miembros de la UE y sus ciudadanos. 
  • La directiva. Se impone al Estado una obligación de resultado. El Estado elige la forma y medio para alcanzar el resultado. La vinculación de los efectos jurídicos a la norma nacional. 
  • La decisión. El destinatario está identificado concretamente. Puede ser un destinatario único o un grupo (Estado, sujetos públicos o privados, entes comunitarios, …). Su contenido es de obligado cumplimiento en todos sus elementos, pero con alcance particular (sólo para los destinatarios). 

Normas no vinculantes

  1. La recomendación. Se proponen conductas o actuaciones a seguir. 
  2. El dictamen. La emisión 

Derecho complementario

  1. Derecho internacional.
  2. Tratados con otros Estados no comunitarios.
  3. Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de  UE. 
  4. Principios generales del Derecho
  5. Costumbre. 
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