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¿Cuál es el funcionamiento económico y financiero del sector público en España?

¿Cuál es el funcionamiento económico y financiero del sector público en España?

Las diferentes entidades del sector público están sujetas a una serie de principios en su actuación, entre los que citamos: 

  1. Legalidad.
  2. Eficiencia. 
  3. Estabilidad presupuestaria. 
  4. Sostenibilidad financiera. 
  5. Transparencia en la gestión. 

Todas las instituciones públicas han de establecer un sistema de supervisión continua y que controle que se cumplan los objetivos por los que se creó tal institución y su sostenibilidad financiera. 

A continuación, veremos los entes que integran el sector público institucional. 

Contenido

¿Qué son los organismos públicos estatales en España?

Su finalidad es la realización de actividades administrativas de fomento, prestación o gestión de servicios públicos o de producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación. También, realización de actividades de contenido económico, supervisión o regulación de sectores económicos. 

a) Tienen personalidad jurídica pública propia, patrimonio y tesorería propia. Por ello, tienen autonomía de gestión (dentro de la Ley). 

b) Salvo la potestad expropiadora, pueden desarrollar diferentes potestades sancionadoras que sean oportunas para el cumplimiento de sus fines. 

La creación de órganos públicos se efectúa mediante Ley, se estructuran en órganos de gobierno y ejecutivos según sus estatutos. Los máximos órganos de gobierno son: El Presidente y el Consejo Rector. 

En la creación de un organismo público tiene que constar, según Ley: 

  1. Tipo de organismo que se crea, fines y dependencia jerárquica. 
  2. Recursos económicos y régimen de su personal. Patrimonio, fiscalizad y cualesquiera otras normas con rango de Ley. 
  3. Anteproyecto de ley de creación, elevado al Consejo de Ministros con la propuesta de Estatutos y un plan inicial de actuación. Más un informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 

¿Y los organismos autónomos?

Entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión. Realizan y desarrollan actividades propias de las Administraciones Públicas al igual que los organismos públicos estatales. 

El personal, que se regula por medio de la Ley 7/2007 de 12 de abril y por la normativa laboral, pueden ser funcionario o laboral. La contratación está regulado por la legislación de contratación del sector público y debe adaptarse a las instrucciones sobre recursos humanos del Ministerio de Hacienda y comunicarle a éste los diferentes acuerdos o resoluciones adoptadas sobre su personal. 

Definición de las entidades públicas empresariales 

Entidades de derecho público, personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión. Se financian mayoritariamente por medio de ingresos de mercado en el ejercicio de sus potestades administrativas desarrollando actividades prestacionales, gestión de servicios o de producción de bienes de interés público. 

Estas entidades dependen, o bien de la Administración General del Estado o de un Organismo autónomo estatal, al que le corresponde su dirección estratégica, evaluación de resultados y control de eficacia y eficiencia. 

El personal se rige por el Derecho laboral. En la selección de su personal, diferenciamos en: 

  1. El personal directivo. Determinado en los Estatutos, será nombrado según experiencia en puestos de responsabilidad en gestión pública o privada. 
  2. El resto del personal por medio de convocatoria pública y basada en principios de igualdad, mérito y capacidad. 

Los organismos autónomos y estas entidades públicas empresarial configuran los organismos públicos vinculados o dependientes de la AGE. 

¿Qué autoridades administrativas independientes existen en España?

Entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia y con funciones de regulación y/o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas vinculadas a la AGE. 

Algunos ejemplos podrían ser: Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia CNMC, Comisión Nacional del Sector Postal, Consejo de Seguridad Nuclear, etc. 

¿Cómo se define una sociedades mercantil del Estado?

Se ejerce control sobre la empresa por medio de una participación directa en su capital social superior al 50%. Se rigen por la Ley 40/2015 y por el ordenamiento jurídico privado. La sociedad anónima puede delegar tutela a un Ministerio con competencias en relación a su objeto social, en caso contrario, corresponderá la supervisión al Ministerio de Hacienda. 

La rendición de cuentas anual sería regulado por el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad. La gestión económica será control de la Intervención General de la Administración del Estado y su personal se regirá por Derecho laboral. 

¿Existen otros regímenes en la organización y estructura del Estado en España?

A continuación citaremos casos que se rigen por disposiciones legales distintas a la Ley 40/2015, lo que no quiere decir que utilicen la Ley 40/2015 para ciertas competencias y funciones o de forma complementaria.

  1. Autoridades Portuarias y Puertos del Estado. Legislación específica y 40/2015. 
  2. Entidades gestoras y servicios comunes a la Seguridad Social. Legislación específica, Ley General Presupuestaria y 40/2015 supletoriamente. 
  3. Agencia Estatal de Administración Tributaria. Legislación específica y 40/2015. 
  4. Banco de España. Tratado de Funcionamiento de la UE, Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, Reglamento UE nº 1024/2013 del Consejo de 15 de octubre de 2013 y Ley 13/1994 de 1 de junio. Lo no previsto, por la 40/2015. 
  5. Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). 

¿Cómo es el control económico y financiero en el Gobierno de España?

Análisis de las actividades desarrollas por las AA.PP. según legislación vigente y objetivos de economía, eficiencia y eficacia. 

Clasificaciones posibles de este control, según:

a) Sujeto que lo realiza: 

  1. Interno. Lo realiza un sujeto dependiente del mismo ente que realiza las actuaciones. Es el caso de la Intervención General de la AGE, la IGAE. 
  2. Externo. El sujeto no depende del ente/órgano. Por ejemplo: Cortes, Tribunal de Cuentas, Audiencia de Cuentas, etc. 

b) Según momento en el que se realiza el control: 

  1. Preventivo. Con anterioridad a la actuación. 
  2. Concomitante. Mientras se realiza la actuación. 
  3. Ulterior. Con posterioridad a la actuación. 

c) Según continuidad del control: 

  1. Alternado. 
  2. Periódico. 
  3. Eventual. 

d) Según la finalidad del control: 

  1. Legalidad. Verifica el cumplimiento de las normas que regulan su actividad. 
  2. Económico-financiero. Objetivos económicos y financieros en el uso de recursos. 
  3. Eficacia. Cumplimiento de los objetivos propuestos y el coste. 

e) Según la materia objeto de control: 

  1. Control de ingresos. 
  2. Control de gastos. 

¿Cómo funciona el Interventor General de la Administración del Estado (IGAE)?

Realiza el control interno de la gestión económica y financiera del sector público estatal. 

Controles ejercidos por la IGAE: 

  1. Función interventora. Respecto a los actos realizados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y entidades gestoras y Seguridad Social. 
  2. Control financiero permanente. 
  3. Auditoría pública según el plan anual de auditorías. 

¿Cómo se ejerce el control parlamentario en España?

Tipos de controles parlamentario: 

  1. A priori, se refiere a la potestad legislativa: 

Aprobación de Leyes de Presupuestos, leyes que regulen las operaciones de crédito, Ley para emitir Deuda Pública, Leyes Tributarias. 

2. A posteriori: 

Mediante el Tribunal de Cuentas, Comisiones de investigación parlamentarias, interpelaciones y preguntas parlamentarias, mociones o proposiciones. 

¿Cómo funciona el Tribunal de Cuentas en España?

Dos funciones: 1) función fiscalizadora y 2) función jurisdiccional. 

No es un órgano constitucional, pero tiene relevancia constitucional, regulado por el artículo 136 de la CE. Es el órgano supremo fiscalizador de cuentas y gestión económica del Estado y del Sector Público. 

Tiene competencia exclusiva sobre todo lo concerniente al Gobierno, su régimen interno y personal. Plena independencia y sometimiento al ordenamiento jurídico. Elabora su propio presupuesto que se integra a los PGE y debe ser aprobado por las Cortes, depende directamente de las Cortes. 

La estructura es la siguiente: 

  1. Presidente.
  2. Pleno. 
  3. Comisión de Gobierno. 
  4. Sección de Fiscalización. 
  5. Sección de Enjuiciamiento. 
  6. Consejeros de Cuentas. 
  7. Fiscalía y Secretaría General. 

La Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas (LOTCU) en su artículo 2, establece funciones propias del Tribunal: 

  1. Fiscalización externa, permanente y consultiva de la actividad económica y financiera. 
  2. Enjuiciamiento de responsabilidades. 

El ámbito de actuación recae sobre todo el territorio nacional (artículo 1.2 de la LOTCU). 

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