En las diversas teorías contractualistas, esta expresión alude al pacto, acuerdo o contrato mediante el que hipotéticamente, las personas decidimos crear el estado civil (social, legal, pacífico), para salir del estado natural y semisalvaje en que se supone que vivíamos antes de este hecho. En el caso de Kant, el contrato social fue, probablemente, la primera obligación (moral) que nos trazamos las personas hace mucho tiempo: salir del estado de naturaleza y buscar paz, la justicia y la libertad (moral y legal), que sólo son posibles en estado civil. Otras teorías contractualistas son las de Hobbes, Rousseau, Locke, etc.
El contrato social implica la sumisión absoluta de los individuos a una autoridad, lo cual acerca el pensamiento kantiano a Hobbes pero al mismo tiempo supone que el individuo es colegislador, esto es, que ninguna ley puede ser aprobada sin su consentimiento y que, por tanto, el gobernante tiene que dictar leyes como si emanasen de la voluntad general, lo cual aproxima el pensamiento de Kant a Rousseau. Si una persona o grupo de personas somete y se impone a otras por la fuerza, no se considerará que ha mediado un pacto o contrato social, sino que se ha impuesto la fuerza bruta. De este poder impuesto sobre los demás por la fuerza no puede surgir ningún tipo de derecho.