Antiguo Régimen: Término que los revolucionarios franceses utilizaban para designar peyorativamente (de finalidad negativa – término despectivo) al sistema de gobierno anterior a la Revolución francesa de 1789, y que se aplicó también al resto de las monarquías europeas cuyo régimen era similar. Se caracterizaba por el absolutismo monárquico, la sociedad estamental, basada en la desigualdad civil y el inmovilismo, y una economía agraria y señorial, de bajos rendimientos y escasas inversiones.
Sociedad estamental: La sociedad del Antiguo Régimen que se compone de tres ordenes o estamentos: el clero, la nobleza y el Tercer Estado o estado llano.
Monarquía Absoluta: Forma de gobierno en la que el monarca tiene el poder absoluto. No existe división de poderes. Aunque puedan existir instituciones parlamentarias, el monarca absoluto puede cambiar las decisiones o dictámenes de los tribunales en última instancia o reformar las leyes a su voluntad.
Régimen señorial: Institución propia de la Edad Media y la Edad Moderna en España, en cierto modo similar al feudo del imperio carolingio. Se trata de una donación hereditaria de tierras y vasallos, incluida la jurisdicción, dada por monarcas a nobles o clérigos como pago por servicios prestados o recompensa a méritos adquiridos. Fue abolido por la Constitución de 1812 o Constitución de Cádiz (la Pepa).
Guerra de Sucesión: Conflicto internacional que duró desde 1701 hasta la firma del Tratado de Utrecht en 1713, que tuvo como causa fundamental la muerte sin descendencia de Carlos II de España, último representante de la Casa de Habsburgo, y que dejó como principal consecuencia la instauración de la Casa de Borbón en el trono de España. Las principales consecuencias de la guerra fueron la pérdida de sus posesiones europeas y la desaparición de la Corona de Aragón, lo que puso fin al modelo “federal” de monarquía de los Habsburgo españoles.
Tratado de Utrecht: También conocido como Paz de Utrecht o Tratado de Utrecht-Rastatt, es, en realidad, un conjunto de tratados firmados por los estados antagonistas en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1713-1715 en la ciudad holandesa de Utrecht y en la alemana de Rastatt. Los tratados ponen fin a la guerra, aunque posteriormente a su firma continuaron las hostilidades en territorio español hasta julio de 1715, momento en que el marqués de Asfeld tomó la Ciudad de Mallorca. En este tratado Europa cambió su mapa político.
Decreto de Nueva Planta: Conjunto de decretos promulgados entre 1707-1716 por el rey Felipe V de Borbón, por los cuales quedaron abolidas las leyes e instituciones propias del Reino de Valencia, del Reino de Aragón, del Reino de Mallorca y del Principado de Cataluña; todos ellos integrantes de la Corona de Aragón que se habían decantado por el archiduque Carlos, poniendo así fin a la estructura compuesta de la Monarquía Hispánica de los Austrias. La Nueva Planta también fue aplicada a la organización jurídica y administrativa de la Corona de Castilla.
Fisiocracia: Doctrina económica que sostenía que la riqueza provenía exclusivamente de la explotación de los recursos naturales propios de cada país y del libre cambio de los productos de los diversos países entre sí, y que sostenía, además, la existencia de un orden natural de las sociedades humanas, y por consiguiente el deber de no inmiscuirse el estado en la vida económica del país.
Despotismo ilustrado: Gobierno absoluto, no limitado por las leyes. Fue una forma de gobierno autoritario que practicaron distintos reyes en la segunda mitad del siglo XVIII, inspirada en las ideas de la ilustración.
Modelo demográfico antiguo: La población de un país está relacionada con la cantidad de dinero que poseyera. En época de crisis disminuye la población, y en épocas de bonanza aumenta. La tasa de fecundidad es elevada pero la mortalidad también lo es, sobre todo la infantil.
Mortalidad catastrófica: Tipo de mortalidad anual que difiere de la mortalidad habitual, como consecuencia de algún acontecimiento que eleva de forma puntual la tasa de mortalidad.
Crisis de subsistencias: Periodos de escasez de alimentos producidos por las malas cosechas, que al no poder recurrir a eficaces sistemas y medios de transporte ni disponer de acceso a mercados integrados de dimensión, producían hambrunas.
Tasa de granos: Medida de control de precios propia de la política económica mercantilista durante el Antiguo Régimen, que tenía por objeto fijar un precio legal máximo para este bien manteniendo así bajo el precio de los cereales, que forma la base de la alimentación.
Tierra amortizada: Las propiedades están vinculadas al patrimonio familiar o a una institución y no se pueden comprar ni vender ni repartir. Tenían la finalidad de mantener el patrimonio de la nobleza o de las instituciones a las que estaban vinculadas.
Tierra comunal: Propiedad del municipio, tierras explotadas de forma conjunta una vez determinada que esa propiedad es del grupo y que por su situación geográfica, legal u otras no pueden ser divididas.
Tierra de propios: Propiedad de un municipio al que le proporcionan unos rendimientos económicos por estar arrendadas.
Vínculos: Sujeción de un bien o propiedad, por disposición de su dueño, a ser transmitida a determinados herederos y en determinada forma, o a una institución.
Mayorazgo: Institución de derecho civil que, por las leyes desvinculadoras del siglo XIX, quedó circunscrita en España a los títulos nobiliarios, y que tiene por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes o derechos con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla o, a falta de ellas, a las prescritas por la ley.
Mesta: Gremio o asociación profesional de origen medieval que agrupaba a los ganaderos dedicados a la trashumancia.
Trashumancia: Tipo de pastoreo en continuo movimiento, adaptándose en el espacio a zonas de productividad cambiante. (Se diferencia del nomadismo en tener asentamientos estacionales fijos y un núcleo principal fijo (pueblo) del que proviene la población que la practica).
Extensificación agraria: Medidas, financiadas parcialmente por políticas agrarias, que animan a los agricultores a cultivar de modo extensivo, es decir, cultivo poco intenso, que tiene lugar en terrenos de amplia extensión, con un reducido uso de insumos por unidad de superficie.
Cultivos de secano: Aquellos cultivos en la que el ser humano no contribuye a la irrigación de los campos, sino que utiliza únicamente la que proviene de la lluvia.
Arrendamiento: Contrato por el que una de las partes cede a la otra el uso temporal de una cosa, mueble o inmueble, por cierta cantidad de dinero.
Censo: Contrato por el que se graba un inmueble y en virtud del cual se obliga a quien disfruta de él al pago de una pensión anual en concepto de interés de un capital invertido por el propietario o de reconocimiento del dominio directo que se transmite con la cesión del inmueble.
Enfiteusis: Cesión perpetua o por largo tiempo del dominio útil de un inmueble mediante el pago de una pensión anual al que hace la cesión.
Foro: Contrato consensual por el cual alguien cede a otra persona, ordinariamente por tres generaciones, el dominio útil de algo mediante cierto canon o pensión.
Rabassa morta: Tipo de contrato muy extendido en Cataluña, por medio del cual se le cedía a un agricultor una porción de tierra para que cultivara vides en ella mientras vivieran los dos tercios de las cepas que plantara. A cambio, debía entregar al propietario una parte de su cosecha anual.
Censo consignativo: Gravamen que impone el propietario de un inmueble sobre el mismo en virtud del cual se obliga a quien disfruta del mismo a pagar una pensión anual en concepto de intereses de un capital invertido.
Pósito: Depósito de cereal de carácter municipal cuya función primordial consistía en realizar préstamos de cereal en condiciones módicas a los vecinos necesitados.
Gremio: Asociaciones religiosas de origen europeo, implantados también en las colonias, que agrupaban a los artesanos de un mismo oficio, y que surgieron en las ciudades medievales hasta finales de la Edad Moderna cuando fueron abolidos. Tuvieron como objetivo conseguir un equilibrio entre la demanda de obras y el número de talleres activos, garantizando el trabajo de sus asociados, su bienestar económico y los sistemas de aprendizaje.
Fábrica o Manufactura Real: Instalaciones industriales que se fundan por iniciativa de los monarcas absolutos durante el Antiguo Régimen, como resultado de la aplicación de la política mercantilista.
Asiento de Negros: Acuerdo internacional que consistía en un monopolio sobre la caza de esclavos de África y de la América hispana que se otorgó a Inglaterra a través del Tratado de Utrecht al terminar la Guerra de Sucesión Española como compensación por la victoria del candidato francés Felipe V de España.
Navío de permiso: Permiso concedido por la Corona Española a Inglaterra tras la firma del Tratado de Utrecht, el cual autorizaba a Inglaterra enviar un barco al año con capacidad de carga de 500 toneladas a las colonias españolas americanas para comerciar con éstas.
Diezmo: Impuesto del 10% que se debía satisfacer a diferentes estamentos como la Iglesia, monarquías, señoríos, etc.
Tercia real: Ingreso concedido por la Iglesia a la Corona de Castilla y más tarde a la Monarquía Hispánica consistente en dos novenos de los diezmos eclesiásticos recaudados por la misma. Con el tiempo se llegó a convertir en un ingreso habitual de la Corona.
Rentas equivalentes: Concepto que suele emplearse para reemplazar un conjunto de pagos periódicos por otro que es equivalente pero con diferente frecuencia.
Rentas provinciales: Conjunto de ingresos que percibía la monarquía, el cual estaba compuesto por un conglomerado de impuestos formado por, las alcabalas, los millones, los cientos, el Derecho del fiel medidor, las tercias reales, etc.
Rentas estancadas (estancos): Se denominan estancos a los monopolios fiscales; y consistían en la fabricación y venta exclusiva a cargo del Estado de ciertos artículos. A finales de 1816 estos artículos eran los siguientes: tabacos; sal; pólvora, salitre y azufre; azogue y sus compuestos; plomo, etc.
Única Contribución: Pretendía eliminar todos los impuestos denominados Rentas Provinciales como las alcabalas, estancos, portazgos … así como el diezmo que recibía la Iglesia, y congregarlos en uno sólo y del que todos deberían formar parte, sin excluir al clero o la nobleza. (Catastro de Ensenada, Desamortización de Mendizábal).
Juro: Primera versión de la deuda pública en la Corona de Castilla. Hay tres clases de juros: vitalicios, perpetuos y al quitar.
Vale Real: Título u obligación del Estado en forma de papel moneda que fue creado por el rey Carlos III de España en 1780.