La finalidad principal de estas políticas se limitaba a sanear una Hacienda especialmente dañada a consecuencia de la implicación en distintas guerras. El descenso de la recaudación a partir de 1882 y, de nuevo, desde 1886 refleja la caída de las rentas agrarias, con una continua reducción hasta 1892 y una leve recuperación entre 1893 y 1897. Sólo a partir de 1898-1899 los resultados de la reforma de Villaverde, combinados con el crecimiento del PIB, permitieron acrecentar los recursos de un modo gradual.
El cuadro impositivo del sistema tributario español es muy parecido a la reforma de Mon Santillán, donde los principales impuestos, directos como los de producto agropecuario que es el impuesto de bienes inmuebles agricultura y ganadería, y ahora contribución territorial rústicas y urbana, hoy conocida como IBI. Segundo impuesto de carácter directo es el de la actividad industrial y de comercio, la contribución industrial y de comercio. Impuestos de carácter indirecto, como la contribución de consumo de determinados bienes o el arancel de aduana; los cuatros impuestos mas relevantes y que seguirán siendo relevantes al empezar 1894 (algunos recuperados tras la revolución gloriosa).
La reforma de Raimundo Fernández Villaverde, donde se consiguen los primeros diez años de superávit, conseguido actuando en el lado de los ingresos introduciendo un nuevo tributo con enorme capacidad recaudatoria, este nuevo tributo va a ser la contribución de utilidades que tenía tres tarifas, la primera cargaba las rentas del trabajo, sobre la renta personal de los trabajadores asalariados. Las rentas de capital, que hasta entonces no habían sido gravadas y los beneficios de las empresas mercantiles que hasta ahora solo pagaban el establecimiento, ahora se graba el beneficio de las empresas mercantiles que cada vez cobran más importancia en el tejido empresarial, las sociedades anónimas.; aquellos que cobraban intereses de deuda publica no tributaban a Hacienda por esos beneficios, y a partir de ahora se le empieza a gravar; ahora la Hacienda realiza un cobro de forma inmediata.
Y en el lado de los gastos, como en los intereses de la deuda que se reduce. Otro cambio que realiza, será el arreglo de la deuda y entre esos arreglos es la conversión de la deuda exterior, que era la deuda que se emitía en los mercados internacionales a la que accedían tantos extranjeros como españoles, generaba rentas fuera de España y por tanto no podía ser gravada por la nueva contribución de utilidades.
Affidavit, extranjeros titulares de deuda española, se ponía un sello para pagarle la deuda contraída, pero en el caso de los españoles, cobraban y pagaban el 20% que correspondía de la contribución de utilidades; ósea, una conversión de deuda exterior en deuda interior.
Las reformas en el ámbito presupuestaria, se habla de la reforma silenciosa de Flores de Lemus, tributos de poco cuantía, cambios en el monopolio de petróleos a partir de la renta del petróleo, y otra reforma con importancia en la intenciones de esa reforma, que es la que se aprueba por parte del ministro Carner, que es la introducción de un impuesto sobre la renta personal que la mayor parte de la población no lo pagaba porque no llegaba al mínimo; este tendrá importancia tras 1978.